Prórroga de licencia:
Se entiende por prórroga de la licencia la ampliación del término de vigencia de la misma.
1 La solicitud de prórroga de una licencia urbanística deberá radicarse con la documentación completa a más tardar treinta (30) días hábiles antes del vencimiento de la respectiva licencia.
2 Oficio de solicitud suscrita por el titular de licencia.
3 La solicitud deberá acompañarse de la manifestación bajo la gravedad de juramento de la iniciación de obra por parte del urbanizador o constructor responsable.  La solicitud la deberá realizar el profesional que conste en la resolución de aprobación como constructor responsable, en el caso que sea diferente, deberá aportar matrícula profesional y las certificaciones de experiencia laboral, la cual es de 3 años en construcción, diseño estructural, diseños de elementos no estructurales, trabajos geotécnicos, interventoría o supervisión técnica, o acreditar estudios de posgrado en el área de la construcción, estructuras, geotecnia, o ingeniería sísmica, según lo previsto en la ley 400 de 1997 y las normas que la reglamentan.
4 Aportar el acto administrativo a través del cual se otorgó la licencia de construcción o la revalidación de licencia (según sea el caso) y nota de ejecutoria de dicho acto administrativo.

LUIS FERNANDO BETANCUR MERINO

Informa a los usuarios y comunidad en general

Que desde el 20 de junio de 2023 terminó el periodo como Curador Urbano Segundo del Distrito, por lo tanto la información sobre trámites en curso deberá ser consultada con la Curadora Urbana Entrante, quien tiene su despacho en la calle 49 No 50 -21 piso 5 así como aquellos trámites ya finalizados su consulta deberá ser en el Departamento Administrativo de Planeación.