En modalidad de saneamiento:
Es la autorización para ejecutar vías, parques, infraestructura de servicios públicos domiciliarios y demás zonas de cesión aprobadas en licencias urbanísticas vencidas, con el único fin de que se culmine la construcción y dotación de las zonas de cesión pública, y el proceso de entrega y escrituración a favor del muni­cipio o distrito. Solo procede cuando las obras de urbanismo faltantes por ejecutar no superen el 20% del área total de las cesiones definidas para la respectiva urbanización. Esta licencia se resolverá con fundamento en las mismas normas urbanísticas y demás reglamentaciones que sirvieron para expedir la licencia de urbanización vencida con la que se desarrolló el resto de la urbanización
1 Certificado de tradición y libertad con no más de 1 mes de haber sido expedido.
2 Formulario Único Nacional debidamente diligenciado.
3 Copia del documento de identidad del solicitante cuando se trate de personas naturales o certificado de existencia y representación legal, cuya fecha de expedición no sea superior a un mes, cuando se trate de personas jurídicas.
4 Poder especial debidamente otorgado, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario, con presentación personal de quien lo otorgue.
5 Copia del último año del impuesto predial.
6 La relación de la dirección de los predios colindantes al proyecto objeto de la solicitud, la cual deberá ir en el formulario único nacional.
7 Copia de la matricula profesional de los profesionales intervinientes en el trámite de licencia urbanística y copia de las certificaciones que acrediten su experiencia, constructor responsable (3 años como director de obra o especialización), ingeniero calculista (5 años como diseñador estructural o especialización), ingeniero geotecnista (5 años como geotecnista o especialización).
8 Copia de la licencia de urbanización, sus modificaciones y revalidaciones junto con los planos urbanísticos aprobados con base en los cuales se ejecutó el 80% de la urbanización.
9 Certificación suscrita por el solicitante de la licencia en la que manifieste bajo la gravedad de juramento que la urbanización para la cual se solicita esta licencia está ejecutada en como mínimo el 80% del total de las áreas de cesión pública aprobadas en la licencia de urbanización vencida.
10 Plano del proyecto urbanístico, debidamente firmado por un arquitecto con matrícula profesional quien es el responsable del diseño en el cual se identifique la parte de la urbanización ejecutada y la parte de la urbanización objeto de esta licencia, con el cuadro de áreas en el que se diferencie lo ejecutado y lo que se desarrollará.
11 Copia de la solicitud de entrega a las dependencias municipales o distritales competentes de las áreas de cesión pública ejecutadas.

LUIS FERNANDO BETANCUR MERINO

Informa a los usuarios y comunidad en general

Que desde el 20 de junio de 2023 terminó el periodo como Curador Urbano Segundo del Distrito, por lo tanto la información sobre trámites en curso deberá ser consultada con la Curadora Urbana Entrante, quien tiene su despacho en la calle 49 No 50 -21 piso 5 así como aquellos trámites ya finalizados su consulta deberá ser en el Departamento Administrativo de Planeación.